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Habrá Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Los Concejales a través de una Ordenanza avalaron la creación en el ámbito del Partido de Coronel Pringles el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que funcionará en el ámbito de la Secretaría de Gobierno.

17/01/2017
Habrá Registro de Deudores Alimentarios Morosos

El Registro, operará como principio general a través de una base informatizada de modo de agilizar su funcionamiento y hacerlo eficaz. No obstante se preverá por vía reglamentaria la coexistencia de un sistema de manejo alternativo que permita la anotación, archivo, emisión y demás trámites que con la documentación propia del Registro se deba realizar en soporte papel o similar.

"Se entiende por deudor alimentario moroso a aquella persona que adeude de manera total o parcial tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, sean estas de alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia judicial firme"-detalla uno de los articulados de la norma.

 

Según el expediente "A fin de dar transparencia al proceso de selección del personal que estará a cargo del Registro, el Poder Ejecutivo facilitará la selección a través de un examen de idoneidad abierto a todo el personal municipal que desempeñe tareas administrativas y tenga al menos tres años de antigüedad en su función. De esta manera deberá asegurarse, vía reglamentaria, no solo la oportunidad de promover cargos sino el hecho de colaborar en no aumentar la planta de empleados municipales".

 

Respecto al Cobro de los Certificados, expresa la Ordenanza: "Hasta tanto el Registro se encuentre operativo y se incluyan los valores de los timbrados por él emitidos en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva, donde se les asignará un encuadre específico y un costo determinado, el valor de dichos certificados será el equivalente al que tiene el inicio de expediente administrativo municipal. El fin único del cobro de un monto por inscripción en este Registro será el de solventar los gastos que el mismo genera, sin tener que afectar partidas especiales que tengan otros destinos o incrementar el gasto municipal".

 

 

 

Se estableció el régimen de Licencias para Empleados Municipales  

Para realizar prácticas y/o pasantías de estudios terciarios, Universidades, Institutos Superiores de Formación Docente, establecimientos nacionales o provinciales, públicos o privados.

 

La norma aprobada en el Concejo Deliberante establece para los Empleados Municipales del partido de Coronel Pringles, el siguiente régimen de licencias, complementario del Artículo 94 de la Ley 14.656, para realizar prácticas y/o pasantías obligatorias incluidas en planes de estudios oficiales de estudios terciarios, Universidades, Institutos Superiores de Formación Docente, establecimientos nacionales o provinciales, públicos o privados reconocidos por la Dirección General de Escuelas y Cultura, por todo el periodo que duren las mismas, siempre que medie superposición horaria en el desempeño en el cargo.

 

El proyecto que tuvo el visto bueno de los Concejales, considera que "En el Partido de Coronel Pringles existen diversas ofertas Educativas a Nivel Terciario y Universitario, que muchos trabajadores municipales están matriculados en estas instituciones, que a medida qe avanzan en sus estudios se ven afectadas por las cargas horarias de las prácticas profesionalizantes y pierden años de carrera o deben abandonarla, que se ve coartada la posibilidad de capacitarse en una carrera a nivel superior y que con la obtención del título tiene la posibilidad de independizarse del trabajo municipal, para desenvolverse en otros ámbitos".

Será declarado de interés deportivo por el H.C.D.

Los Ediles del Concejo Deliberante aprobaron declarar de Interés Deportivo Municipal el Complejo Deportivo a ser construido por el Centro de Almaceneros Deportivo conforme Ordenanza 3.037/9. Se utilizará para actividades recreativas e institucionales.

 

"El proyecto a ser construido en el predio cedido en la mencionada Ordenanza, en virtud del cual se escriturara a nombre del Centro de Almaceneros Deportivo el predio ubicado en Circunscripción XIII, Parcela H, Quinta 140, Partida 8.830 con destino a la Construcción del Complejo Deportivo y atento al Proyecto Institucional de dar cumplimiento al artículo 3° de la citada Ordenanza con la construcción de canchas de fútbol con césped sintético, de fútbol 5 y 8, y la construcción de vestuarios, baños y confitería, procurado por la actual Comisión de la Institución se Declara de Interés Deportivo Municipal la construcción referenciada y dentro del marco de la Ordenanza N°3.375 y acorde al Decreto Municipal 246/15 considerándolo enmarcado dentro del encuadre de la referida norma legal"-describe el texto legislativo.

 

Y considera el oficio del HCD que "El Municipio local, particularmente este Honorable Concejo Deliberante, protegen el desarrollo deportivo y los esfuerzos institucionales por elevar la calidad de nuestros clubes. Que se está haciendo un gran esfuerzo en la adquisición de fondos para la construcción de canchas de césped sintético de fútbol 5 y de mayor tamaño que serán utilizados en actividades recreativas para socios y no socios y actividades institucionales, como entrenamiento con pelota de las distintas divisiones; además de la construcción de baños, vestuarios y salón tipo bufet para sus actividades sociales". 

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