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CONCEJO DELIBERANTE

Los porcentajes de aumento en las Tasas municipales

Con la aprobación en Mayoría, se ratificó la aprobación del aumento de las Tasas municipales, en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el jueves último, donde fue debatida por la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes. Los porcentajes de aumento.

06/01/2018
Los porcentajes de aumento en las Tasas municipales

Como informáramos ampliamente en nuestra edición de ayer, el Honorable Concejo Deliberante de Coronel Pringles, que preside el Lic. Lisandro Matzkin, celebró sesión legislativa doble: en primer término la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, quienes expusieron su posición a favor y en contra del aumento en un amplio debate, y a su término se celebró la Primera Sesión Extraordinaria.
En la primera, se aprobó por Mayoría el aumento de las Tasas que rondan entre el 100% y el 270%, que quedaron con el siguiente porcentaje de aumento:

*Alumbrado: 100-110 %
*Barrido y limpieza: 62 %
*Conservación vía pública: 269 %
*Recolección residuos: 100 %
*Dispoc.final Residuos: /56 %
*Limpieza y Cons. Desagües: 193 %
*Servicios Especiales Limpieza e Higiene: 20 - 25 %
*Desinfección taxis: 21 %
*Habilitación Comercios: 22 %
*Inspección Salubridad e Higiene: 39 % - 62 %
*Derechos Oficina: 25 %
*Ocupación espacio público: 50 %
*Derechos espectáculos públicos: 33 %
*Marcas y Señales: 23 %
*Tasa Vial: 10.07 %
*Derechos Cementerio: 25 %
*Servicios Sanitarios: 118-120 %

Además se crean nuevas tasas, por ejemplo la denominada "Servicios de Conservación de Espacios Verdes" que comprende conservación de plazas, ramblas, paseos, lugares públicos, arbolado público, forestación y poda, que deberán pagar todas las Propiedades ubicadas en el ejido urbano de Coronel Pringles, por metro lineal, por año $20,00.

COSTOS POR EL USO
DEL BALNEARIO MUNICIPAL

La Ordenanza Impositiva 2018 señala en su Artículo 38º que para la ocupación y/o uso del Balneario Municipal de Coronel Pringles, se abonarán los siguientes derechos:
*A) Por carpa por día $50
*B) Por tráiler, casilla rodante o similar por día $70
*C) Por automóviles y camionetas por día $25
*D) Por motocicletas, cuatriciclos y triciclos por días $15
*E) Por fogón, cada uno $50
*G) Por el uso del S.U.M. Barracón
*g.1- Por día hasta 50 personas $800
*g.2- Por día más de 50 personas $1600
*g.3- Por evento de hasta 50 personas $400
*g.4- Por evento de más de 50 personas $800
*H) Por uso de los dormitorios y duchas del barracón por día y por cama $100

Se cobrarán sólo durante la temporada Estival, facultando al Ejecutivo a reglamentar sus fechas de inicio y cierre.
El Ejecutivo queda facultado para eximir el pago de los derechos a entidades de bien público, cuando la naturaleza del evento o la circunstancia lo ameriten.

FERIAS MUNICIPALES
Como derecho de participación en las Ferias Municipales, se abonarán anualmente las siguientes Tasas:
a) Puestos hasta dos (2) metros lineales o fracción $200
b) Por excedente por metro $100
c) Para el ingreso de feriantes por evento $400

CASA DEL BICENTENARIO
Por el uso de la Casa del Bicentenario u otro espacio físico a cargo de Cultura se abonarán los siguientes derechos:
a) Por entrada un 10%
b) Por arancel en el caso de realización de talleres, un 12%.

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