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Aprobada la Asistencia Técnico Sanitaria para los espectáculos

14/06/2018
Aprobada la Asistencia Técnico Sanitaria para los espectáculos

La ordenanza fue aprobada por unanimidad en la última sesión ordinaria del legislativo pringlense. La misma regula las actividades con acceso del público, y permitirá mejorar la salud y seguridad en los eventos

 

El expediente 6.377/18 iniciado por el Interbloque de Concejales Cambiemos-Compromiso Pringles, correspondiente al Proyecto de Ordenanza: Impleméntese en el ámbito del Partido de Coronel Pringles el Sistema de Asistencia Técnico Sanitaria para espectáculos públicos y/o privados con acceso de público, con carácter obligatorio; fue aprobado por unanimidad en la quinta sesión ordinaria del legislativo.
El despacho de la comisión de Asuntos Legales, Seguridad Pública y Garantías recomendó la aprobación del mismo con modificaciones en dos artículos.
La ordenanza regula las actividades con acceso del público, y permitirá mejorar la salud y seguridad en los eventos.
El edil Luis González Estevarena expresó al respecto: "Fuimos trabajando la ordenanza y las autoridades sanitarias van a estar contentas; no hay muchos lugares que tengan una ordenanza que regule y dé orden a las actividades públicas".
González Estevarena señaló que "muchos de los pedidos de ambulancias, enfermeras o médicos se realizan actualmente de manera brusca, de un día para otro". Y por ello "a veces había muchas actividades y no teníamos recursos físicos o humanos".
"Las solicitudes se hacían de manera desorganizada y no se cumplían las medidas sanitarias, y de esto se trata la ordenanza: de hacer la actividad pública más segura para los que participan y los que van a ver el espectáculo. Esto le pone un marco de regulación" agregó.
Respecto a los costos, indicó: "Esto no significa un aumento de costos de la actividad, las asistencias se pueden subsidiar. Esto trata de ordenar, cumplimentar cada una de las actividades; va a redundar en mejor salud y seguridad para todos" cerró.

QUÉ ESPECIFICA
LA ORDENANZA
Ante la gran cantidad de espectáculos públicos/privados donde se solicita la asistencia de forma desorganizada, y debido a que muchas veces la superposición de acontecimientos supera la capacidad de respuesta sanitaria, se implementa el sistema de Asistencia Técnico Sanitaria para espectáculos con acceso de público con carácter obligatorio.
Cuando se realice un espectáculo y se requiera contar con dicha asistencia -por propia voluntad u obligatoriedad de la actividad- el peticionante deberá solicitarla con al menos 30 días de anticipación, el pedido debe realizarse a la Secretaria de Salud.
En dicho pedido se debe indicar lugar, fecha y hora, tipo de actividad, cantidad de participantes y público que se prevé concurrirá.
La Secretaria de Salud determinará las características del equipo sanitario destinado a dicho evento, se le comunica al solicitante y a su vez éste debe comunicar al municipio.
Esto se debe acompañar con un plan de evacuación y simulacro para casos de incendios o cualquier otro siniestro. Las instituciones con personería jurídica lo podrán hacer por única vez en la primera oportunidad en que realicen la solicitud. También el organizador deberá contar con seguro de responsabilidad civil.
El poder ejecutivo determinará el importe que deberá abonar el solicitante, el cual podrá ser subsidiado total o parcialmente por razones de equidad y justicia.

El incumplimiento será sancionado con multa, suspensión o clausura.

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