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CAZA DEPORTIVA

Abren la temporada de caza en Pringles y la región

03/05/2019
Abren la temporada de caza en Pringles y la región

El Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección de Flora y Fauna, informó que se dispuso habilitar la temporada de caza deportiva menor en el período comprendido entre el 4 de mayo y el 4 de agosto del corriente año.

 

Asimismo, habilitar la caza deportiva menor de la liebre europea (lepus europaeus) hasta 10 liebres por día y por cazador en los partidos de Adolfo Alsina, Adolfo Gonzales Chaves, Alberti, Arrecifes, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Balcarce, Baradero, Benito Juárez, Bolívar, Bragado, Campana, Cañuelas, Capitán Sarmiento, Carlos Casares, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Castelli,

 Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel Brandsen, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, Dolores, Ernesto Tornquist, Florentino Ameghino, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Guido, General Lamadrid, General Las Heras, General Lavalle, General Madariaga, General Paz, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, Guaminí, Hipólito Yrigoyen, Junín, Laprida, Las Flores, Leandro N. Alem, Lezama, Lincoln, Lobería, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, Monte Hermoso, Navarro, Necochea, Nueve de Julio, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pellegrini, Pergamino, Pila, Puán, Ramallo, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Cayetano, San Miguel del Monte, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tordillo, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas, Veinticinco de Mayo, Villarino y Zárate.    

Paralelamente, se decidió habilitar la caza deportiva menor de pato barcino o maicero y de pato viuda o silbón de cara blanca hasta un total de 6 patos, cualquiera sea la especie permitida, por cazador y por día, en los partidos de Adolfo Alsina, Adolfo Gonzales Chaves, Alberti, Arrecifes, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Baradero, Benito Juárez, Bolívar, Bragado, Brandsen, Campana, Cañuelas, Capitán Sarmiento, Carlos Casares, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, Dolores, Florentino Ameghino, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Guido, General Lamadrid, General Las Heras, General Lavalle, General Madariaga, General Paz, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, Guaminí, Hipólito Yirigoyen, Junín, Laprida, Las Flores, Leandro N. Alem, Lezama, Lincoln, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, Monte Hermoso, Navarro, Necochea, Nueve de Julio, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pellegrini, Pergamino, Pila, Puán, Ramallo, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Miguel del Monte, Suipacha, Tapalqué, Tordillo, Tornquist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas, Veinticinco de Mayo, Villarino y Zárate.   

Se habilitó además la caza deportiva menor de perdiz chica hasta 6 perdices por día y por cazador en los partidos de Adolfo Alsina, Adolfo Gonzales Chaves, Alberti, Arrecifes, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Baradero, Benito Juárez,Bragado, Brandsen, Campana, Cañuelas, Capitán Sarmiento, Carlos Casares, Carmen de Areco, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, Dolores, General Alvarado, General Alvear, General Belgrano, General Guido, General Lamadrid, General Las Heras, General Lavalle, General Madariaga, General Paz, General Viamonte, Guaminí, Junín, Laprida, Las Flores, Lezama, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, Monte Hermoso, Navarro, Necochea, Nueve de Julio, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pellegrini, Pila, Puán, Ranallo, Rauch, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Miguel del Monte, Suipacha, Tapalqué, Trenque Lauquen, Tordillo, Tornquist, Tres Arroyos, Tres Lomas, Veinticinco de Mayo, Villarino y Zárate.

Por otra parte, se estableció que para la prácica de la caza deportiva menor es necesario contar con los siguientes requisitos: a) Licencia de caza deportiva, documento que es personal e intransferible. b) Documento Nacional de Identidad. c) Autorización por parte de la autoridad correspondiente para la tenencia del arma que se utilice para la caza. d) Permiso escrito del propietario, ocupante o tenedor legítimo del campo en el que se practicará la caza, sus encargados o responsables. e) Las armas autorizadas para la práctica de la caza deportiva menor son escopeta de cañón liso cargado con cartuchos a perdigones y con aquellas que disparen munición calibre 22.

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