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violación y muerte de una mujer

Un feroz crimen que conmocionó a la comunidad

27/01/2020
Un feroz crimen que conmocionó a la comunidad

 El 30 de mayo de 1998 la comunidad se vio conmocionada por la notica de un aberrante hecho,  cuando fue hallado el cuerpo sin vida de una mujer en el interior de un baño de una obra en construcción. El asesino fue detenido y sentenciado a 25 años de prisión. 

 

Sobre el crimen cometido informaba El Orden el 3 de junio de 1998:
"Un aberrante hecho se registró el domingo último en nuestra ciudad cuando fue hallado el cuerpo sin vida de Elba Esther Carrizo, argentina, viuda, de 60 años, quien fue asesinada luego de haber sido golpeada y violada en el interior de una obra de construcción de calle 60, entre Mitre y Alem, rodeada de altos pastizales.

La infortunada mujer, que había perdido hacía pocos meses a su esposo presentaba varios golpes y fue hallada por unos vecinos quienes dieron a la policía.

Al hacerse presente las autoridades hallaron el cuerpo sin vida, presentando el rostro ensangrentado con el labio partido y la carencia de piezas dentales que daba cuenta de la violencia de los golpes. Junto a su cuerpo se encontró un ladrillo doble impregnado de sangre y en el pasillo un palo también con sangre con el cual el autor del hecho le propinó el golpe que le causó la muerte.

 

 

Se informó que la mujer cerca de medianoche, volvía de su trabajo y se dirigía a su domicilio ubicado en Colon 2049, cuando al cruzar la calle desierta un sujeto la golpeó con el palo y la arrastró unos 30 metros hasta el lugar donde consumó la violación y muerte.

La señora Elba Eshter, era muy estimada por los vecinos que la tenían en un excelente concepto, al igual que su hijo, el profesor de golf Luis Ronzano.

Luego de las investigaciones fue detenido un hombre que escapaba a campo traviesa, que resultó ser Eduardo Arturo Armario, de 31 años, de frondoso prontuario y protagonista también de otros hechos delictivos acaecidos poco tiempo atrás, que tenía los pantalones y ropa interior con manchas de sangre, como así otros elementos en su poder que probarían su autoría en el bestial hecho.

El hecho ha conmocionado a la población por sus salvajes características que demuestran la ferocidad del autor al ensañarse con la víctima a quien violó u quitó la vida a golpes",

 

EL FALLO DE LA JUSTICIA

El 3 de julio del año 2000, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca, condenó a Eduardo Arturo Armario a cumplir veinticinco años de reclusión, en un fallo que fue suscripto por los doctores Jorge Enrique Alcolea, Guillermo Alberto Giambelluca y Alejandro Aispuro.
El sujeto fue hallado culpable de violar y asesinar a Elba Esther Carrizo, de 60 años de edad, el 30 de mayo de 1998, en la ciudad de Coronel Pringles.

Los jueces desestimaron el argumento que utilizó la actual defensora general del Departamento Judicial Bahía Blanca, doctora María Graciela Cortázar, respecto de que Armario actuó bajo un estado de ebriedad que lo privó de comprender la criminalidad del acto y dirigir sus acciones.

Además de considerar acreditados la violación y el asesinato a golpes de la mujer, los camaristas entendieron que también se probó el robo de una campera de la víctima, prenda que luego se incautó en poder del detenido.

Al fundamentar su voto, el juez Giambelluca detalló las pruebas mediante las cuales se comprobó la existencia de una relación sexual no consentida y el hecho de que Carrizo presentaba no menos de veinticinco lesiones en los miembros inferiores, huellas elocuentes de la violencia ejercida por el atacante.

Citó, por otra parte, que hubo por parte del homicida "un aprovechamiento de la edad y estado físico de la víctima, que la colocó en total desprotección".
Como agravantes para fijar la pena, se tuvieron en cuenta la modalidad del hecho, la alta peligrosidad del encausado y las múltiples condenas anteriores que registraba. (Archivo El Orden).

Los 25 años de condena se hubieran cumplido recién en el año 2025. El recluso estuvo alojado en la cárcel de Villa Floresta.
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca, en 2013, confirmó una resolución en la que se le negó el beneficio de salidas transitorias que regulan los artículos 100, 146 y 147 de la ley provincial 12.256.  El acusado goza de salidas transitorias donde visita a su madre en la ciudad custodiado por la policia.

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