martes 23 de abril de 2024
Cielo claro 16.7ºc | Pringles

FISCAL MAURICIO DEL CERO

¿Por qué no se conocen los nombres de los violadores?

El aberrante hecho acontecido en nuestra ciudad, donde  se conoció el  “ABUSO SEXUAL INFANTIL CRÓNICO, PATERNO FILIAL” -  como lo definió ante la consulta de EL ORDEN, el Fiscal Mauricio Del Cero, fue el disparador para consultarlo por el motivo por el cual la Justicia no brinda  datos filiatorios, siendo muy expeditivo al respecto: “no se informa  para proteger al violador, sino a su víctima, más allá que lo prohíba o no la Ley”, destacó el funcionario.

03/05/2017
¿Por qué no se conocen los nombres de los violadores?

Para tener una mejor comprensión sobre lo que dice la Ley con respecto hasta dónde periodísticamente  se debe dar una información de esta naturaleza,  y cuál es el motivo por el cual a veces, no se suministran los nombres y apellidos  de los victimarios, EL ORDEN, consultó al Fiscal Mauricio Del Cero, quien fue contundente en su respuesta, al clarificar:

“La ley prohíbe  no sólo dar los nombres de los menores que aparecen  como víctimas de este tipo de delitos, sino también cualquier otro dato que permita conocer por vía de su padre, la identidad de esos chicos”.

“Porque si se da el nombre del padre, se sabe quién es la hija. La ley prohíbe en este caso dar el nombre de los menores víctimas de delitos sexuales  o todo aquel dato que permita  identificarlos, por ejemplo el nombre del acusado”, ratificó el funcionario del Ministerio Público.

 

Y amplió para una mayor comprensión: “Eso es lo que dice la ley, pero por otra parte, al margen de lo que la Ley diga,  es de todo sentido común, que aunque la ley no lo prohíba, dar el nombre del acusado, porque significa estigmatizar  de por vida, no solamente en este caso a la víctima, sino a sus descendientes”.

“Se trata de defender a la víctima, no al acusado. Porque la curiosidad de los vecinos, no puede significar que se estigmatice a una persona y se viole la ley”, apuntó.

 

Consultado, por qué en ocasiones se pueden  leer o escuchar en otros medios los nombres de los victimarios y víctimas, explicó el Fiscal:

 “Cuando una persona en la vía publica viola a una joven X, ahí si va a salir el nombre del violador, no de la chica”.

“Cuando es un abuso interfamiliar, de lazos consanguíneos, del mismo apellido, nunca se da la información,  porque en este caso, (por el registrado en Pringles)  se piensa en la pobre chica y su hijo producto de esa violación. Tenemos que ser conscientes en la necesidad de proteger a la víctima, y su entorno”, reiteró el Dr. Mauricio Del Cero.

 

Ante nuestra pregunta sobre el caso que conmocionó a nuestra ciudad, fue un poco reticente, pero igualmente nos manifestó:

“En este caso no se pueden aportar más datos que permitan identificar al involucrado”. ‘

“Sí sobre el hecho. Se trata de un ‘ABUSO SEXUAL INFANTIL CRÓNICO, PATERNO FILIAL’.

“Hay que tener en cuenta que los abusos se produjeron desde que la víctima tendría 8 años de edad hasta sus 20 años”.

“Es decir, entre los años 2003 y 2016.  Hoy la joven tiene 22 años. La denuncia la realizó la misma víctima el año pasado, ya que estaba cursando un embarazo presuntamente producto del abuso”.

 “Como no es posible obtener un perfil genético para un en examen comparativo de ADN, se decidió aguardar hasta el nacimiento del bebé, para poder hacer esa práctica genética. Es decir, sacar sangre del bebé  y compararla con la del sospechoso para ver si existe conexión genética”.

“Así se hizo, y arrojó resultados positivos del 99,9 por ciento en paternidad”, disparó el Fiscal. 

Y añadió: “Una vez  que obtuvimos el resultado positivo, y no olvidemos que estamos hablando de abusos de casi 12 o 14 años atrás, en estos casos las prueba de ADN es fundamental para demostrar que lo dice ella es real y no solamente no están los dichos de ella, sino que hay pruebas científicas que la avalan, se procedió a la detención paterna”.

Por último, ante nuestra inquietud acerca qué pena la correspondería a esa persona, enfatizó el Fiscal:

“La calificación legal es grave porque estamos hablando de  Abuso sexual gravemente ultrajante y con acceso carnal, pero esto aparece agravado por  el vínculo”.

“Esto significa en términos numéricos,  que la pena comienza con 8 años de prisión, y puede llegar a superar los veinte años. Por un delito, son de 8 a 25 años,  y eso depende del juicio, cuando delitos se den por comprobados, durante cuánto tiempo, que pueden ser muchos. y la pena puede llegar hasta cincuenta años. Pero la pena en sí, arranca en los 8 años y puede exceder los veinte años”, concluyó  el Fiscal Mauricio Del Cero, a quien le agradecemos la entrevista y el tiempo dispensado al brindarnos la información solicitada.

 

Sabemos que el repudio siempre lleva implícito,  daños colaterales, como la estigmatización de las víctimas, quienes son las que deben sufrir las consecuencias de esta lacra que les ha arruinado la vida y deberán seguir viviendo dentro de la comunidad, con vergüenza, con dolor y tristeza, porque  sus vidas fueron truncadas.

Aunque se diga lo contrario, el estigma  es una desaprobación social severa, de características o creencias de carácter personales que son percibidas como contrarias a las normas culturales establecidas.

Pues bien, precisamente por esa razón, es que la Justicia prohíbe brindar la filiación de algunos detenidos a la prensa.

 

Nuestro deber es informar, alertar y es de esa forma es que estamos colaborando para que el hecho se conozca, que de otra forma  la comunidad desconocería por completo.

No acontece así, cuando el violador o asesino somete a una víctima que no lleva su mismo apellido ni es familiar, y en todos los casos se brindan los datos filiatorios,  como así el de su víctima si fue ultimada aunque sea menor de edad.

No podemos perder de vista que las  personas estigmatizadas son sometidas al ostracismo, devaluadas, rechazadas y vilipendiadas en la mayoría de los casos.  

Si bien  los delitos sexuales son de los más graves del Código Penal, los más frecuentes, son a su vez  los que más cuesta probar y lo que lleva a la indignación y a esa necesidad de justicia social.

 

Más allá de los riesgos legales, están los costos sociales. La condena social como castigo es efímera y no alcanza para aliviar el dolor de la víctima. Cuando el abusador es miembro de la misma  familia, este tipo de escarnio será bastante doloroso para su entorno, incluso para la misma víctima”

.

 ¿Se entiende por qué en estos casos de violación  los medios no publican datos filiatorios? Porque ubica a la víctima en un grado de exposición que puede incrementar el riesgo traumatogénico de lo padecido. Se corre el riesgo de incrementar la herida provocada por dicha violencia.

Si el sistema judicial existe es para evitar justamente la ley taliónica, que puede llevar a una espiral de violencia incontrolable, de acuerdo a lo explicado claramente  por el Fiscal Mauricio Del Cero.

 

 

Te puede interesar
Ultimas noticias