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Coronavirus en Argentina:

Alberto Fernández declaró la cuarentena total desde esta medianoche y hasta el 31 de marzo

19/03/2020
Alberto Fernández declaró la cuarentena total desde esta medianoche y hasta el 31 de marzo

El Presidente lo anunció tras la reunión con gobernadores. La medida regirá desde esta medianoche. “A partir de ese momento, todos tienen que quedarse en sus casas”, remarcó.

 

"El presidente Alberto Fernández decretó este jueves la cuarentena total desde la cero hora del viernes y hasta el 31 de marzo, para reforzar aún más las acciones contra el coronavirus​ en la Argentina, donde hay 111 casos confirmados, entre los que se contabilizan 3 muertes.

El Jefe de Estado anunció que se pondrá en marcha el "aislamiento social preventivo y obligatorio" y remarcó: "Esto quiere decir que nadie puede moverse de su residencia, todos tienen que quedarse en sus casas".

Fernández explicó que esta medida se dispuso porque, a pesar de las restricciones que se establecieron en los últimos días para garantizar el aislamiento social, "seguimos teniendo problema de gente que no entiende que no se puede circular en las calles en estas condiciones, porque el riesgo en el que se pone al otro es muy grande".

A través de un anuncio televisivo, el Presidente aclaró que las personas podrán salir únicamente para "hacer lo necesario para su vida habitual" y explicó que se podrá asistir a los "negocios de cercanía abiertos, a los almacenes, a los supermercados, a hacer compras en negocios de cercanías, como ferreterías y farmacias".

"Pero a partir de las 0 horas, la Prefectura, la Gendarmería, la Policía Federal y las policías provinciales estarán controlando quién circula por las calles. Y entiéndase que aquel que no pueda explicar lo que está haciendo en la calle se verá sometido a las sanciones que el Código Penal prevé para quienes violan las normas que la autoridad sanitaria dispone para frenar una epidemia, o en este caso una pandemia", advirtió.

Y remarcó: "Vamos a ser absolutamente inflexibles. La verdad que esta es una medida excepcional que dictamos en un momento excepcional, pero absolutamente dentro del marco de lo que la democracia permite".

El Presidente explicó que la norma también tiene excepciones y repasó que ellas contemplan a quienes trabajan en los gobiernos nacionales, provinciales y municipales, en los niveles de conducción política, quienes trabajan en sanidad, en las fuerzas de seguridad y en las fuerzas armadas y a quienes se desempeñan en una serie de actividades como la producción de alimentos, fármacos y combustibles, entre otras.

"Vamos a ser muy severos con los que no respeten el aislamiento que estamos planteando. Y vamos a ser muy severos porque la democracia nos lo exige. El primer deber de un gobernante es cuidar la salud y la integridad física de su gente", insistió. 

El Jefe de Estado definió los detalles de esa medida durante una cumbre con los gobernadores en la Quinta de Olivos.

La idea del Gobierno es aplacar la curva de contagiados, aseguran fuentes oficiales. Como contrapunto, el parate de la actividad impactará de lleno en los bolsillos por el cierre temporario de miles de negocios.

La cuarentena total comenzó a tomar forma el miércoles, durante la reunión que Alberto Fernández mantuvo con los jefes parlamentarios de la oposición. Puntualmente, allí se estudiaron los mecanismos para "aumentar las restricciones y los niveles de aislamiento".

 

El presidente Alberto Fernández aclaró que durante la cuarentena las personas podrán salir para hacer lo estrictamente necesario, como proveerse de alimentos y medicamentos.

"Las personas deberán permanecer en sus casas y hogares y salir para lo necesario; van a seguir teniendo abiertos supermercados, negocios de cercanía, farmacias, pero desde la 0 hora de mañana" las fuerzas de seguridad "estarán controlando a quien circula por las calles y el que no pueda explicar se verá sometido a la sanción que prevé el Código Penal", dijo el Presidente.

Más temprano, el presidente Alberto Fernández se reunió con gobernadores, ministros y funcionarios en la Residencia de Olivos para analizar la implementación de las próximas medidas destinadas a contener la pandenmia del coronavirus.

Fernández advirtió que a partir de las “0 horas de mañana todos los argentinos deberán someterse al aislamiento social, preventivo y obligatorio" y que eso implica que a partir de ese momento “nadie se puede mover de sus casas”. En esa línea, agregó: “Esta medida la hemos tomado tratando de que los efectos de la economía sean los menos dañinos posibles”.

Además de la cuarentena, confirmó que adelantará el feriado del 2 de abril pasa al 31 de marzo, mientras que el 30 de marzo será feriado puente. “Es para que tengamos la posibilidad de quedarnos en nuestras casas”, sostuvo

 

Estos son los principales puntos de las medidas anunciadas por el Presidente de la Nación, Alberto Fernández:

 

👉 A partir de las 0 de mañana (viernes 20) todos los argentinos deberán someterse a aislamiento social preventivo y obligatorio: todos tienen que quedarse en sus casas.
👉 La medida se prolongará hasta las 24 horas del 31 de marzo.
👉 Los negocios de cercanía se mantendrán abiertos: se podrán hacer compras de alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad.

🔻🔻🔻 #Importante #LEER 🔻🔻🔻

ARTÍCULO 6º.- Quedan #exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial,municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema

 

 

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