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Lo condenan a 10 años de prisión por abusar de una nena, pero sigue libre

05/09/2020
Lo condenan a 10 años de prisión por abusar de una nena, pero sigue libre

Un hombre que en 2003 residía en Copetonas y fue denunciado por la madre de una nena de siete años por abusar de la menor, fue condenado anteayer a la pena de 10 años de prisión por el Tribunal Oral Criminal de Tres Arroyos

 


Se trata de Rubén Emilio Páez, de 56 años, quien fue hallado penalmente responsable del delito de "abuso sexual agravado por acceso carnal" y, en ese sentido, el juez Carlos Mazzini, en calidad de magistrado unipersonal, avaló la pena solicitada por la fiscal Natalia Ramos durante los alegatos, aunque no hizo lugar al pedido de detención, ya que consideró que no existe riesgo procesal de fuga o indicios de interrupción del proceso durante la instrucción de la causa.
Este hecho, por el que la Defensoría Oficial, a cargo de la doctora Laura Pereyra, había solicitado la libre absolución del imputado por considerar que la causa se hallaba prescripta, ocurrió en 2003 en Copetonas, cuando según habría quedado demostrado en las dos jornadas de juicio celebradas el miércoles y viernes pasado en la sala de audiencia de la calle 25 de Mayo 162, para cometer los abusos, el imputado, que tiene un lazo familiar con la progenitora de la niña, aprovechaba los momentos en que la nena quedaba sola bajo su guarda en un departamento que poseía en los fondos de la propiedad, donde la madre vivía sola con su hija.
Tal como informamos en nuestras ediciones anteriores, Páez, un jornalero nativo de Coronel Pringles y residente en la delegación tresarroyense, había sido denunciado en 2003, pero por razones que no trascendieron, la causa se archivó.
Cuando la víctima tenía 22 años, se acercó a la Fiscalía para interiorizarse del estado de esa investigación y fue informada sobre su destino de archivo.
Ante tal situación, con la colaboración de la fiscal Natalia Ramos y haciendo uso de la posibilidad que dejó la denominada Ley Piazza, una modificación en la legislación argentina aplicada en 2011, donde se sostiene que el tiempo de prescripción de las causas de abuso sexual de menores comienza a correr cuando éstos cumplen 18 años, decidió reencausar la investigación y, por ende, reabrir el expediente.
Así, volvieron a tomarse nuevas declaraciones testimoniales, se hicieron pericias a la joven y, tras un análisis del trabajo realizado por el juez Carlos Mazzini, éste avaló la realización del debate, 17 años después de su denuncia inicial.
El miércoles, declararon una veintena de testigos, como parte de la prueba testimonial de ambas partes y el viernes se realizaron los alegatos. Ayer por la mañana, sin la presencia del imputado, se leyó la parte resolutiva del fallo en primera instancia que, se descarta será apelado en los próximos días para evitar que el condenado no vaya preso hasta que esta resolución esté firme.

Sigue libre
En ese sentido, al expedirse en sus fundamentos, el juez Carlos Mazzini resolvió que no correspondía hacer lugar al pedido de detención ya que "el encausado ha estado permanentemente sometido a proceso, concurrió a cada citación a las jornadas de juicio oral, no advirtiéndose de qué manera se afectaría al juicio cuando el debate se ha desarrollado, no advirtiéndose demostrado , ni verificado el aumento de peligro cierto o de frustración del proceso, por lo que se rechaza el reclamo o la privación de la libertad del hoy condenado -en su caso- al tiempo en que la sentencia adquiera firmeza (artículos 375 y 147 del Código Penal)".

Según quedo determinado en el fallo de primera instancia, Páez fue hallado penalmente responsable del delito de "abuso sexual" en los términos del artículo 119, párrafo tercero, o sea cuando la víctima es menor de 13 años y, como parte de la agresión, exista acceso carnal, un delito que prevé penas de entre 6 y 15 años de prisión.
LA VOZ DEL PUEBLO

 

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