sábado 20 de abril de 2024
Muy nuboso 11.1ºc | Pringles

DE 23 A 5

El Gobierno prohibirá la circulación nocturna en todo el país hasta que bajen los números de contagios

07/01/2021
El Gobierno prohibirá la circulación nocturna en todo el país hasta que bajen los números de contagios

La medida se anunciará esta tarde y fue adoptada con acuerdo político de todos los gobernadores. El Presidente cree que de esa forma podrán frenar el crecimiento geométrico de casos de coronavirus en los sectores más jóvenes, que no respetan las normas de distanciamiento social en los principales centros urbanos. Dispondrá una sanción penal para los incumplidores 

Alberto Fernández inició a primera hora de este jueves otra ronda de consultas con gobernadores y funcionarios clave del Gabinete Nacional para definir nuevas medidas de excepción que apuntan a frenar la ola de contagios de COVID-19 que irrumpió en los principales centros urbanos del país.

En principio, las medidas queconsisten en lo siguiente:

1. Se frena la circulación nocturna en todo el país.

2El horario prohibición será de 23 a 5 de la mañana. Puede ocurrir que finalmente sea desde las 24.

3Se establecerá un piso mínimo de contagio para establecer excepciones solicitadas por los gobernadores. Si el piso se mantiene, no se aplica la prohibición. Si sube con el correr de los días, esa excepción queda anulada.

4. La violación a las nuevas disposiciones que anunciará el Gobierno estarán comprendidas en el artículo 205 del Código Penal. Eso significa que los infractores serán denunciados ante la justicia.

5. Se habilitará el secuestro de vehículos y la imposición de multas.

 y después protagonizó un cónclave en Olivos con su jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, el ministro de Salud, Ginés González García, y a través de manera remota, con Vilma Ibarra, secretaria Legal y Técnica.

Alberto Fernández recibió una docena de informes técnicos que prueban que la ola de contagios golpeó a los sectores jóvenes -entre 20 y 35 años- y que estos contagiados podían causar una tragedia aún mayor en los grupos más vulnerables de la Argentina.

En este sentido, el jefe de Estado acordó con los gobernadores a lo largo de todo el país. Y respecto a la implementación de las medidas, solicitó a su Gabinete un dispositivo jurídico de aplicación inmediata a través de un decreto.

Este decreto -aún no se sabe si será simple o de Necesidad y Urgencia- será publicado en las próximas horas en el Boletín Oficial. El jefe de Gabinete; Santiago Cafiero, confirmó que a partir de mañana se impondrán nuevas restricciones a la circulación para evitar el aumento de casos de coronavirus, tal como adelantó Infobae.

Antes de firmar la aplicación de las nuevas medidas,

Con ese límite, los gobernadores podrán solicitar al Poder Ejecutivo las excepciones legales que regirán en sus provincias. Y si la ola de contagios cruza el límite técnico previsto por la cartera de Salud, esa ciudad o localidad en particular, pierde la excepción y queda comprendida en las regulaciones generales de la prohibición dictada por decreto.

Además del informe técnico avalado por Ginés González, el Presidente terminará de definir con los gobernadores y su gabinete la franja horaria de la prohibición de circular. Alberto Fernández entiende las razones económicas presentadas por los mandatarios provinciales, 

Los gobernadores, en cambio, solicitan que la prohibición comience a partir de las 00.00 para permitir a los comercios y restaurantes una hora más de actividad comercial.

Alberto Fernández y los gobernadores asumen el cansancio social y la preocupación de los comerciantes, y aunque no lo reconocen en público,  Por eso, los 24 mandatarios y el Presidente acordaron establecer penalidades, aplicar multas, disponer el secuestro de vehículos y desplegar fuerzas de seguridad en zonas de vacaciones de la costa y en la Patagonia.

 

Qué te puede pasar si no cumplís con la cuarentena nocturna que dispondrá el Presidente

 

Según adelantó Infobae, el horario de prohibición de circulación regirá entre las 23 y las 5 y se establecerá sanciones para los incumplidores incluidas en el artículo 205 del Código Penal. Esa misma norma fue utilizada en los decretos que establecieron la cuarentena y sus sucesivas extensiones en 2020.

La figura legal está dentro del Capítulo IV del Título VII del Código Penal que tipifica los delitos contra la salud pública. Y prescribe: ”.

Este tipo penal tiene por objeto sancionar aquellas acciones u omisiones dolosas a través de las cuales se pueda introducir o propagar una epidemia. Para algunos autores de Derecho Penal para que la conducta merezca esta sanción debe ser una violación a una norma del Estado de cumplimiento obligatorio -es decir, no una mera sugerencia o consejo preventivo- que haya tenido como consecuencia la introducción o propagación de una epidemia o, por lo menos, que haya ocasionado un riesgo concreto de que esa circunstancia se produzca.

Tiene que haber existido una lesión o puesta en peligro de la salud pública. Sin embargo, otros juristas sostienen que se trata de una infracción de peligro abstracto, es decir que el que se escapa de una cuarentena comete delito aunque después se compruebe que él no estaba enfermo. Como lo que se sanciona es la violación de las medidas adoptadas por la autoridad competente (nacional, provincial o municipal) con el objetivo de evitar la introducción o propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa, el comportamiento que se pena puede ser tanto una acción o una omisión.

Se trata de un delito doloso, es decir, requiere del conocimiento y la voluntad de quien realiza esa conducta tipificada mediante el incumplimiento de la obligación (omisión) o por la violación de la prohibición (acción) dispuesta por la autoridad competente. En otras palabras, para que sea delito el autor tiene que tener conocimiento de la medida dictada por el Estado, de su obligatoriedad y debe tener la voluntad de incumplirla.

Durante el 2020, la administración nacional también apeló al artículo 239 del Código Penal, que establece: ”.

 

INFOBAE

Te puede interesar
Ultimas noticias