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8 años de prisión para el responsable de la muerte de Joaquín Casado

Al menor de edad en el momento del hecho, lo sentenciaron a una pena de 8 años de prisión por el homicidio de Joaquín Casado, hecho ocurrido en diciembre de 2020. Por ahora seguirá alojado en Tandil, con prisión preventiva

09/04/2022
8 años de prisión para el responsable de la muerte de Joaquín Casado

El culpable por el homicidio de Joaquín Casado fue sentenciado el 23 de marzo a 8 años de prisión. Las penas en los casos de menores se reducen (si hubiese sido mayor hubiese podido alcanzar 16 años de prisión, por ejemplo).

El hecho, en diciembre de 2020, sucedió con el culpable siendo menor de edad. El mismo va a seguir en Tandil con prisión preventiva hasta que quede la sentencia firme, y el día que eso pase, pueda pasar a un penal de mayores. La defensa oficial puede apelar la sentencia.

Es una condena, y los principios del juicio de menores son pedagógicos, para reinserción social, y hay muchos factores por los cuales se reducen las penas. El mínimo para este caso eran 4 años, y se obtuvieron por parte de los letrados defensores de la familia de Joaquín, 8 años.

Recordemos que los doctores Pablo Soteri y Federico Striebeck eran los abogados representantes de los padres de la víctima.

LA SENTENCIA LLEGÓ LUEGO QUE EL AÑO PASADO EL IMPUTADO HAYA SIDO HALLADO CULPABLE

Recordemos que en noviembre del año pasado, el imputado fue hallado responsable del homicidio de Joaquín Casado, y también de la tentativa de homicidio sobre Juan Alberto Sequeira.

Aquella vez, en el quinto piso de Tribunales, Estomba 34 de Bahía Blanca, se llevó adelante el juicio por el homicidio de Joaquín Casado, joven de 17 años que falleciera en cercanías al Balneario municipal, en diciembre de 2020.

Tras los alegatos y la presentación de testigos, concluyó el juicio y se determinó como responsable penalmente por los hechos de homicidio y tentativa de homicidio, al imputado -quien por razones de que al momento del hecho era menor, no se puede brindar su nombre-.

Se hizo lo que se denomina cesura de juicio, se dividió en dos -uno para determinar si era responsable o no de estos hechos, y otro para imponer la pena-. La audiencia para determinar la pena se realizó, donde las partes argumentaron necesidad y monto de pena, y luego se le impuso una pena por los dos hechos.

Como mencionamos, en el hecho el imputado era menor de edad, por lo tanto, sigue amparado y no se puede dar el nombre.

ROGELIO GÓMEZ - EL ORDEN

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