2026-07-15

HCD

Pringles prohíbe el vapeo: multas de hasta $2 millones

Este jueves, el Honorable Concejo Deliberante de Coronel Pringles se encamina a aprobar de manera unánime un proyecto de ordenanza clave para la salud pública local: la prohibición del uso de vapeadores, vapes y cigarrillos electrónicos en todos los espacios cerrados, tanto públicos como privados (incluyendo restaurantes, bares, boliches, clubes y dependencias municipales).

La iniciativa, presentada originalmente en abril por el interbloque de Juntos y La Libertad Avanza, recibió modificaciones para acoplarse a las normativas de Nación y ya cuenta con dictamen de comisión. En diálogo con La Voz del Orden, la concejal Rosana Amondarain brindó detalles de la medida y la preocupación que motivó el proyecto: "Es un tema preocupante que afecta mucho, sobre todo a los adolescentes. Queremos evitar el uso en espacios cerrados porque el vapor no solo perjudica a quien lo utiliza, sino a todos los que lo rodean", explicó.

¿Cómo se controlará y quién es el responsable?

Al igual que rige para el cigarrillo tradicional, la norma establece que los espacios cerrados deberán contar con la cartelería correspondiente que indique la prohibición. Ante una infracción dentro de un local, Amondarain fue categórica sobre dónde recae la falta: "La responsabilidad y la multa recae sobre el dueño del comercio por permitirlo. La norma va a funcionar de la misma manera que la de 'prohibido fumar'".

Asimismo, se prevén fuertes operativos de control, campañas de concientización desde el área de Salud municipal en los establecimientos educativos y la facultad al Juzgado de Faltas para disponer la realización de tareas comunitarias en caso de incumplimientos.

Multas "saladas": ¿A cuánto equivale un módulo en Pringles? Uno de los puntos más importantes de la normativa es el régimen de sanciones, expresado en "módulos" para evitar que los montos queden desactualizados con la inflación.

Según explicó la edil a nuestro medio, el valor de cada módulo está atado al precio del litro de nafta determinado por la Dirección Provincial de Seguridad Vial, que actualmente equivale a $2.271. Con esta referencia, las multas estipuladas por la ordenanza reflejan montos muy significativos:

  • Sanción general (Art. 7): Va de los 25 a los 1.000 módulos. Esto equivale hoy a multas que parten desde los $56.775 hasta un máximo de $2.271.000, además de la posibilidad de clausura del comercio por hasta 30 días.

  • Venta a menores de 18 años (Art. 8): Es la falta más grave. Contempla sanciones de 100 a 1.000 módulos, lo que representa un piso de $227.100 hasta los $2.271.000, acompañado de la clausura inmediata del local.

"Toda ordenanza que establezca sanciones debe mantener una coherencia con el Código de Convivencia y fijarse en módulos. Establecer montos en pesos no tiene sentido porque quedan rápidamente desactualizados; con el módulo, la actualización es automática", argumentó Amondarain.

Finalmente, la concejal se mostró optimista de cara al tratamiento en el recinto este jueves: "El dictamen salió por unanimidad, por lo que descontamos su aprobación. Es una herramienta local necesaria para regular un uso que hoy está descontrolado, especialmente en el ámbito informal y de venta online".

Te puede interesar