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Se expidieron al respecto

Desde Provincia niegan el predio para la construcción del edificio del CEF25

 Con la firma del Director de Recursos Inmobiliarios Fiscales, Franco Carballo, del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, se indicó que el terreno solicitado por el CEF, es un bien de dominio público municipal, solo destinado a plaza o espacio verde

24/11/2022
Desde Provincia niegan el predio para la construcción del edificio del CEF25

En notas de mediados de año, señalábamos que tras una reunión de la Unidad Educativa de Gestión Distrital, entre varios temas se hablaba sobre la gestión de un terreno que solicitan sea cedido al Centro de Educación Física local. El terreno, provincial, es el de Frondizi y Boulevard 40.

 

Desde el Centro de Educación Física pringlense buscaban tener su edificio propio, e indicaban que la Provincia tenía intención de cederlo para construcción del CEF, pero el Municipio lo quería para una plaza.

 

“Estamos peleando para que nos den ese terreno" destacaban.

 

“Todos queremos un predio y un edificio para el CEF” manifestaba el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, Diego Pelegrinelli.

 

La alternativa propuesta por la comuna al predio solicitado por el Centro de Educación Física Nº 25 y los motivos para proponer otra ubicación: Boulevard 13 entre 60 y 61, también se explicaban en nota de este medio.

 

En este sentido comentó que “el Municipio en ningún momento manifestó estar en desacuerdo a que el CEF tuviera su propio edificio. No hay una controversia de ‘edificio para el CEF sí, edificio para el CEF no’. Claramente todos queremos un predio y un edificio para el CEF. A partir de allí entablamos el diálogo respecto de los lugares”.

 

Sobre el predio solicitado por el CEF Nº 25, Pelegrinelli comentó que “el Municipio ha manifestado en reiteradas ocasiones, inclusive por nota documentada en el expediente que lleva adelante el proyecto del CEF, que el predio indicado, elegido o preseleccionado para la construcción, no era en principio un predio adecuado por múltiples razones. Algunas tienen que ver con lo técnico y otras con lo legal”.

 

Finalmente, con fecha 8 de noviembre, la Provincia se expidió al respecto, y se señala que el terreno solicitado por el CEF, es un bien de dominio público municipal, destinado a plaza, espacio verde.

 

EXPEDIENTE DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

DIRECCIÓN DE PROPIEDADES

 

Tratan las presentes actuaciones acerca de un inmueble designado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección F, Manzana 573, ubicado en jurisdicción del partido de Coronel Pringles, que se pretende destinar a la edificación del Centro de Educación Física N° 25.

 

Al respecto, es menester destacar que conforme surge del Duplicado de Mensura Nº 57 del año 1884, confeccionado por la Comisión distribuidora de los terrenos del Ejido, el bien de marras corresponde a plaza, constituyendo un espacio de uso verde, libre y público.

 

En tal entendimiento, el inmueble se encuentra comprendido por el artículo 1º del Decreto-Ley 9533/80, siendo un bien de dominio público municipal, por lo que resulta improcedente la afectación a Vuestro organismo.

 

ROGELIO GÓMEZ – EL ORDEN

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