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Comenzó la temporada de caza de liebre

Este 1 de junio comenzó la temporada de caza comercial de liebre que se extenderá hasta fines de julio. La misma se inicia con incertidumbre en los valores, y los costos para movilizarse son altos

02/06/2023
Comenzó la temporada de caza de liebre

Con elevados costos para quienes salen a desarrollar esta actividad, se habilitó la caza de liebre en nuestro distrito.

La misma comenzó este 1 de junio, y se extenderá hasta el 31 de julio de este año.

 

DISPOSICIONES DE LA CAZA DE LIEBRE

 

Algunos de los puntos de la resolución, a través de la Directora de Flora y Fauna, del Ministerio de Desarrollo Agrario.

 

- Habilitar a partir del 1 de junio y hasta el 31 de julio del 2023 la temporada de Caza Comercial de la liebre europea (Lepus europaeus), destinada a satisfacer las actividades de los Establecimientos Frigoríficos inscriptos en los registros de la Dirección de Flora y Fauna del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, conforme los términos de la Ley N° 10.081 – Código Rural.

 

- Establecer que para la práctica comercial de la caza de liebre europea (Lepus europaeus) debe contarse con:

  1. Licencia de Caza Comercial.
  2. Documento Nacional de Identidad.
  3. Autorización por parte de la autoridad competente para la tenencia y portación del arma que se utilice para la caza según el artículo 284 de la Ley N° 10.081 y 6° del Decreto No 7970/86.
  4. Permiso escrito del/la propietario/a, ocupante o tenedor/a legítimo/a del campo en el que se practicará la caza, sus encargado/as o responsables.
  5. Utilizar vehículos con sistema de identificación de acuerdo a la normativa que al respecto fijen las Autoridades Municipales.

 

- Establecer que la licencia de Caza Comercial de liebre europea (Lepus europaeus) será extendida por la autoridad de aplicación. Podrán solicitarla quienes:

  1. Sean mayores de edad o emancipados/as civilmente.
  2. No cuenten con antecedentes penales.
  3. Abonen las tasas correspondientes.
  4. Estén incluido/as en la nómina de cazadores de un establecimiento frigorífico, que haya sido presentada ante la Dirección de Flora y Fauna del Ministerio de Desarrollo Agrario, debidamente conformada por la Autoridad Municipal del distrito en el que se practicará la caza.
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