Freno judicial a los agroquímicos: La Corte bonaerense suspendió las ordenanzas de Tandil y Rauch
Haciendo lugar a un reclamo vecinal, el máximo tribunal ordenó dejar sin efecto los artículos que regulan las distancias de fumigación en ambos distritos. La Justicia advirtió sobre el riesgo de contaminación en la Cuenca del arroyo Chapaleofú y dio 10 días a los intendentes para presentar informes.
La Suprema Corte de Justicia bonaerense ordenó suspender de manera preventiva la ordenanza que regula el uso de agroquímicos en el partido de Tandil, en el marco de una causa que también involucra a la Municipalidad de Rauch y que cuestiona la constitucionalidad de ambas normativas por su impacto ambiental sobre la Cuenca del arroyo Chapaleofú.
La cautelar se hizo a pedido de un grupo de vecinos de dicha cuenca y luego que estos hayan recibido el apoyo del procurador general Julio Conte Grand. El dictamen del fiscal reconoce la legitimidad del reclamo de pobladores de los distritos citados y de los de las localidades tandilenses de Gardey y Vela, donde rige una normativa aprobada en 2022.
El fallo del máximo tribunal suspende provisoriamente la aplicación de un artículo de una ordenanza de 2021 en Tandil que establece las distancias y condiciones para la aplicación de agroquímicos, y de otro artículo en Rauch hasta tanto se sustancien los requerimientos de información ordenados y se dicte una resolución definitiva sobre el fondo de la cuestión.
Además, se exigió a los intendentes de ambas localidades que en un plazo perentorio de diez días le eleven a ese cuerpo todos los antecedentes que dieron origen a las respectivas ordenanzas, antes de dictar un fallo definitivo.
Un punto clave de la resolución señala una contradicción normativa: el tribunal advirtió que los límites que habían fijado Tandil y Rauch para las fumigaciones aéreas "prima facie se apartan de las pautas que la Provincia ha fijado". Esto sugiere que las ordenanzas locales estarían siendo más permisivas que la ley general bonaerense, lo que motivó la suspensión inmediata para realizar una evaluación más profunda.
En los considerandos, la Suprema Corte puso el foco en el potencial riesgo de contaminación del recurso hídrico, así como en la necesidad de adoptar decisiones judiciales acordes a los principios preventivo y precautorio que rigen en materia ambiental.
En ese marco, destacó que los límites previstos para la aplicación aérea de agroquímicos en ambas ordenanzas “prima facie se apartan de las pautas que la Provincia ha fijado” en su normativa general, lo que refuerza la necesidad de una evaluación más profunda.
Fuente: Agencia DIB
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