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La reforma laboral ya es ley: qué cambia para las empleadas domésticas

La nueva normativa sancionada en las últimas horas introdujo modificaciones en contratación, formalización y aspectos administrativos del sector

28/02/2026
La reforma laboral ya es ley: qué cambia para las empleadas domésticas

La reforma laboral que sancionó anoche la Cámara de Senadores incorporó cambios específicos en el régimen que regula a las trabajadoras de casas particulares, una actividad que cuenta con un marco normativo propio y diferenciado del régimen general de contrato de trabajo. Las modificaciones no alteraron la estructura central del sistema, pero sí introdujeron ajustes concretos que impactan en la etapa inicial del vínculo laboral y en la formalización administrativa.

El nuevo esquema amplió el período de prueba, reconoció formalmente herramientas digitales para documentar la relación laboral y habilitó alternativas en determinadas obligaciones formales. Al mismo tiempo, mantuvo sin cambios los derechos estructurales vinculados a jornada, descansos e indemnización posterior al plazo inicial.

En paralelo, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordó una actualización salarial y el pago de sumas extraordinarias para todas las categorías del sector.

 

Los principales cambios

Período de prueba: el cambio más relevante

Uno de los ejes centrales de la reforma fue la extensión del período inicial del vínculo laboral. Hasta ahora, el régimen contemplaba un plazo más acotado. Con la nueva normativa, el período de prueba puede alcanzar hasta seis meses, según la modalidad de contratación.

Durante ese lapso, el empleador puede extinguir la relación laboral; no corresponde el pago de indemnización por antigüedad, y se mantiene la obligación de abonar salarios y aportes mientras dure el vínculo.

La ampliación del plazo impacta directamente en la estabilidad inicial de la trabajadora, ya que el margen sin obligación indemnizatoria se prolonga respecto del esquema anterior.

 

Medios electrónicos y formalización

La reforma también introdujo cambios administrativos orientados a modernizar la registración del trabajo doméstico.

Uno de los puntos incorporados fue el reconocimiento formal de la transferencia bancaria como constancia válida de pago salarial. La acreditación en cuenta pasó a constituir prueba suficiente del cumplimiento de la obligación. Además, se habilitó la emisión de recibos de sueldo electrónicos, con el objetivo de facilitar la documentación del vínculo laboral y consolidar la trazabilidad de pagos.

La transferencia bancaria quedó reconocida

 

Provisión de indumentaria

El régimen mantuvo la obligación del empleador de proveer ropa de trabajo cuando corresponda. Sin embargo, la reforma habilitó una alternativa: esa obligación puede cumplirse mediante una compensación en dinero acordada entre las partes. Esa compensación debe tener carácter no remunerativo y no se incorpora al salario básico.

 

Nueva fórmula de actualización de indemnizaciones

La reforma incluyó cambios en la actualización de indemnizaciones y créditos laborales en casos de juicios laborales. Según la nueva normativa, estos montos se regirán por las pautas del régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo, lo que unifica criterios y establece reglas claras sobre intereses y límites procesales. Esta medida busca homogeneizar la actualización de créditos, reducir la dispersión en la interpretación judicial y garantizar que los cálculos reflejen de manera consistente la antigüedad y los aportes acumulados, un aspecto especialmente relevante en un contexto inflacionario.

 

Qué no cambia en el régimen de casas particulares

Más allá de las modificaciones puntuales, la reforma no alteró los pilares centrales del sistema que regula el trabajo en hogares.

 

Se mantienen sin cambios:

  • Jornada laboral máxima: ocho horas diarias o 48 horas semanales para trabajadoras con retiro.
  • Descanso semanal obligatorio.
  • Licencias por maternidad en los términos previstos por la normativa específica.
  • Indemnización por antigüedad, una vez superado el período de prueba.
  • Funcionamiento de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares como órgano de determinación salarial.
  • La estructura general del régimen especial continuó vigente y diferenciada del contrato de trabajo general.

 

Incrementos salariales y bonos extraordinarios

En paralelo a la entrada en vigencia de la reforma, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordó una actualización salarial.

 

Se dispuso un incremento del 3% para febrero y marzo de 2026, dividido en dos tramos de 1,5% cada uno. La suba impactó en todas las categorías incluidas dentro del régimen. Además, se establecieron bonos no remunerativos por única vez, cuyos montos variaron según la carga horaria semanal:

-$8.000 para trabajadoras con menos de 12 horas semanales.

-$11.500 para quienes trabajan entre 12 y 16 horas por semana.

-$20.000 para aquellas que superan las 16 horas semanales.

Estos pagos extraordinarios no se incorporan al salario básico y no se computan para aguinaldo, vacaciones ni aportes previsionales.

Las disposiciones alcanzan a las distintas categorías contempladas dentro del régimen de casas particulares, que incluyen tareas de limpieza, asistencia y cuidado, entre otras funciones previstas por la normativa vigente. Las actualizaciones salariales impactan en todas ellas bajo los porcentajes establecidos.

INFOBAE

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