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PROTECCIÓN CONTRA EL MALTRATO INFANTIL

El Senado aprobó la Ley Lucio

Familiares del nene de 5 años asesinado por su mamá y la pareja, presentes en el recinto, no pudieron evitar la emoción.

13/04/2023
El Senado aprobó la Ley Lucio

Tras una larga lucha de reclamos constantes y con los abuelos de Lucio Dupuy presentes en los palcos, el Senado aprobó este jueves por unanimidad -65 votos afirmativos- el proyecto por el cual se crea el Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio, en derechos de los niños, niñas y adolescentes.

La Ley Lucio, cuando sea promulgada, alcanzará a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La capacitación prevista puede extenderse a administraciones provinciales y municipales y organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales. También propone campañas de concientización en medios de comunicación y redes sociales, estableciendo una difusión de carácter semestral de las iniciativas para informar sobre los derechos de los niños y cómo evitar las situaciones abusivas.

El proyecto había recibido la media sanción el 9 de noviembre de 2023 y la Cámara alta postergó el tratamiento hasta hoy. Incluso, tras el pedido de familiares del niño, legisladores y hasta la presidenta de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau, el presidente de la Nación incluyó el texto al temario de extraordinarias durante el mes de febrero.

Algunos de los principios fundamentales de la ley son velar por el respeto de la Convención de los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución Nacional y por las disposiciones de la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; generar las condiciones para una convivencia social fundada en vínculos de afecto y confianza que se definen como “buen trato”, fundamental para el desarrollo de proyectos de vida por parte de las nuevas generaciones; promover los espacios y metodologías necesarias al efecto de garantizar el derecho a ser oídos de las Niñas Niños y Adolescentes en todos los procesos administrativos y judiciales, conforme el principio de la autonomía progresiva, receptado tanto en la Ley 26.061 como en el Código Civil y Comercial de la Nación.

Además, se deberá propiciar el derecho a la Participación de Niñas, Niños y Adolescentes, en los distintos ámbitos sociales y comunitarios, poniendo énfasis en la posibilidad de incidir en el diseño de políticas públicas que afectan sus intereses y derechos.

La autoridad de aplicación de la ley será la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, que será la encargada de elaborar los contenidos del Plan Federal de Capacitación en articulación con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia (Cofenaf). (DIB) ACR

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